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Neuquén tiene nueva ley de agroquímicos

La norma 2.774 establece pautas para el uso, acopio, traslado y disposición final de los envases.

Gentileza Infocampo Semanario,
18 al 24 de Noviembre 2011

Neuquén, provincia gobernada por Jorge Sapag, sancionó una ley sobre agroquímicos que apunta al uso seguro en la aplicación de agroquímicos. Se creará un registro obligatorio de todas las personas involucradas en esta actividad. Los aplicadores deberán acreditar capacitación en uso seguro de agroquímicos.

La Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes (Casafe), en este sentido, aseguró que la nueva norma "resulta un avance muy positivo para la región" y servirá como antecedente para otras provincias y regiones que adhieran en el futuro".

Se trata de la Ley 2.774 que fue sancionada en septiembre tras un debate parlamentario del que participaron la Cámara, la Universidad Nacional del Comahue - Laboratorio Libiquima y autoridades provinciales de Ambiente y Producción. Los principales avances de esta nueva norma se relacionan con el trabajo conjunto de estas instituciones en beneficio de las personas, el ambiente y la producción, en base a la regulación del uso seguro en la aplicación de agroquímicos, indicó Casafe.

Tras la sanción de esta ley, la provincia creará un registro para las personas que desarrollen actividades que involucren fitosanitarios. Las personas que se dediquen al almacenamiento de agroquímicos para su comercialización o para el uso en establecimientos productivos propios o de terceros deberán inscribirse en dicho registro. También los transportistas deberán registrarse para desarrollar su tarea.

Además de registrarse, los aplicadores deberán acreditar la capacitación en uso seguro de agroquímicos. La norma establece que estas personas deberán realizar obligatoriamente el triple lavado de los envases rígidos conforme al procedimiento establecido en la norma IRAM 12.069, y deben llevar los envases tratados a los centros de acopio habilitados.

Respecto a la disposición final de envases vacíos y desechos, con el triple lavado realizado, se hará de acuerdo a las modalidades, tipo de producto aplicado y conforme a las especificaciones técnicas.

La creación de los centros de acopio, en tanto, es responsabilidad de los expendedores de agroquímicos, empresas exportadoras de hortalizas, frutas y productos derivados, de las cámaras de productores y de los municipios que adhieran a la presente ley.

Fuente: www.infocampo.com.ar

18.11.11
 
© OIA - ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL AGROPECUARIA  
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